La oferta del consorcio francés, que se encargó de la instalación de la planta de cemento para la INC, no era seria y tenía un precio engañoso al solo efecto de eliminar competidores. Aun así, era US$ 30.000.000 más cara que la compañía norteamericana Allis Chalmers Corporation. Por otra parte, también hubo mejores ofertas del mismo país europeo que ni siquiera fueron consideradas.
Entre 1981 y 1982, el consorcio galo estuvo integrado por el Bureau Central D’Etudes pour les Equipements D’Outre Mer (BCEOM), consultora semiestatal; F.L. Smidth-France, suministradora de equipos cementeros; Dragages et Travaux Publics, constructora de obras civiles, y COMSIP Enterprises, suministradora de equipos eléctricos. La “contraparte” paraguaya estaba conformada por el entonces ministro de Industria y Comercio, Delfín Ugarte Centurión, y el ex titular de la INC, Ramón Centurión Núñez.
La propuesta francesa se formula el 5 de diciembre de 1980, sobre la base del estudio de factibilidad preparado por la consultora española ASLAND, en julio de 1980. Comprendía ingeniería, construcción, equipamiento, puesta en servicio de una planta de producción de clínker en Vallemí y de una planta de producción de cemento en Villeta.
Sobresalen los siguientes datos: Tiempo de entrega 44 meses, costo de la obra (sin los recargos financieros) US$ 96.842.105. Sin embargo, fue condicionada por el consorcio así: “El costo de realización de las plantas de Vallemí y Villeta, llave en mano, ha sido estimado sobre la base de los estudios anteriores y de las opciones tecnológicas descritas en los documentos adjuntos. Este costo estimado permitió, además, tramitar con las autoridades financieras y bancarias los problemas de financiamiento, y así someterle adjunto a las cartas de los bancos las condiciones de dicho financiamiento. El costo definitivo será fijado después de intercambio de informaciones (¿!) entre sus servicios y los del consorcio, lo que permitirá fijar contractualmente el alcance del suministro del consorcio”.
Propuesta acomodada a la “mordida”
Los investigadores de esta gran estafa llegaron a la conclusión en 1989 de que la oferta no era seria, sino un “gancho” para los “muchachos”. La formulación aleatoria, sujeta a condiciones futuras, permitiría a los contratistas y al lobista francés, Jacques Soustelle, “negociar” con Ugarte Centurión y Centurión Núñez un precio “acomodado a la mordida”. Era sintomático en estos “negocios” que la contratista formule un precio inicial bajo para anular a la competencia, cosa que facilitó a los responsables en su objetivo de decepción, señala el informe.
Comparación
El 12 de enero de 1981, la oferta de BCEOM, además de las similares presentadas por la firma Allis Chalmers Corp., de Estados Unidos de América, y por el Banco Mundial, fue derivada para su “estudio” a una comisión especial del Equipo Económico nacional.
La comisión especial analizó las ofertas de acuerdo a las condiciones y plazos, con el siguiente resultado: Banco Mundial, US$ 173.000.000, que con el costo financiero determinó un costo total de US$ 296.400.000. El consorcio francés, US$ 121.400.000, que sumados al costo financiero determinó un total de US$ 205.700.000. Cabe recordar que este costo llegó finalmente a US$ 271.000.000, sin contar los US$ 62.000.000 perdidos con la mala transformación de los hornos 1 y 2 y la construcción de la línea de transmisión de energía eléctrica, también sobrefacturada, que costó US$ 25.000.000.
Allis Chalmers, US$ 93.400.000, que con el costo financiero fijó un total de US$ 162.500.000. El informe de la comisión especial se escudó en “informes técnicos” de la INC para no considerar esta propuesta, aun cuando reconoció que era “la más ventajosa”.
Los investigadores señalan que la objeción de la INC no tenía fundamento, ya que tanto Allis Chalmers como BCEOM ofertaron una planta de cemento de similares características, pero con tecnología diferente. Pero claramente el consorcio francés aparecía como el “caballo del comisario”. Lo que le faltaba a Allis Chalmers era “aceite y grasa” (vulgo: coimas) que las firmas norteamericanas están impedidas de utilizar por las sanciones previstas en el “Foreign Corrupt Practices Act. Lo correcto hubiese sido renegociar con ella el cumplimiento de los supuestos requerimientos técnicos faltantes y no desecharla de plano.
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